Ley
Artículo 21 — Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso No Autorizado, actividades Conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo
- Número
- 7786
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10961, La Gaceta N.º 113 del 19 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Aspectos Procesales
CAPÍTULO VII
Registro y Notificación de Transacciones
Artículo 21
Vigente desde 9 de junio de 2026 · texto SINALEVI
Los formularios referidos en el artículo anterior deberán contener, respecto de cada transacción, por lo menos los siguientes datos:
- La identidad, firma, fecha de nacimiento y dirección de la persona que físicamente realiza la transacción. Además, deberá aportarse fotocopia de algún documento de identidad. Las personas jurídicas deberán consignar, para su representante legal y su agente residente, la misma información solicitada a las personas físicas.
- La identidad y dirección de la persona a cuyo nombre se realiza la transacción.
- La identidad y dirección del beneficiario o destinatario de la transacción, si existe.
- La identidad de las cuentas afectadas por la transacción, si existen.
- El tipo de transacción de que se trata.
- La identidad de la institución financiera que realizó la transacción.
- La fecha, la hora y el monto de la transacción.
- El origen de la transacción.
- La identificación del funcionario que tramita la transacción.