Ley
Transitorio 2 — Ley de Conservación de la Vida Silvestre
- Número
- 7317
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9863, La Gaceta N.º 216 del 28 ago 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO XIII
Disposiciones generales finales
Transitorio 2Verificando formato
Vigente desde 19 de junio de 2020 · texto SINALEVI
Se autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación para utilizar el superávit de su presupuesto o las inversiones en títulos de propiedad de que se disponga, para cumplir con los objetivos señalados en esta Ley, hasta tanto funcionen eficientemente las transferencias y desembolsos previstos en el artículo 11 de esta Ley.
Modificada su denominación por el artículo 3° de la ley N° 9106 del 20 de diciembre del 2012 anteriormente se indicaba: "Dirección General de Vida Silvestre")