Ley
Artículo 15 — Ley de Aranceles del Registro Público
- Número
- 4564
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 15
Vigente desde 29 de abril de 1970 · texto SINALEVI
Deróganse los artículos 1º, 3º y 5º de la ley Nº 1234 de 29 de noviembre de 1950 reformada por ley Nº 1942 de 4 de octubre de 1955 y por ley Nº 2005 de 20 de febrero de 1956; igualmente se deroga la ley Nº 37 de 6 de noviembre de 1923. Esta última ley, para casos posteriores a la vigencia de la presente. Igualmente se derogan todas aquellas leyes de carácter general o especial, referentes a exenciones de derechos de Registro, las cuales en adelante se regirán únicamente por esta ley de aranceles.