Ley
Artículo 191 — Ley de Aguas
- Número
- 276
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO DUODECIMO
SECCIÓN I
De las diferencias y conflictos que se suscitan entre particulares con motivo del aprovechamiento de aguas
Artículo 191
Vigente desde 27 de agosto de 1942 · texto SINALEVI
Ante la Inspección de Aguas no se admitirán debates ni otras gestiones que las alegaciones de descargo que hicieren los inculpados y la indicación de las probanzas que éstos y el reclamante pudieran aducir, de las cuales el Inspector podrá examinar o recibir las que estime convenientes para formar mejor juicio, siempre que no estorben considerablemente la rapidez de su gestión.