Ley
Artículo 126 — IV.-Reglas especiales para la servidumbre de abrevadero y de saca de agua — Ley de Aguas
- Número
- 276
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO V
SECCIÓN II
De las servidumbres legales
Artículo 126
IV.-Reglas especiales para la servidumbre de abrevadero y de saca de agua
Vigente desde 27 de agosto de 1942 · texto SINALEVI
Las servidumbres forzosas de abrevadero y de saca de agua solamente podrán imponerse por causa de utilidad pública en favor de alguna población o caserío, previa la indemnización correspondiente.