Ley
Artículo 58 — Adición del inciso g) al punto 1 del artículo 22 de la Ley N.º 8642 — Ley Contra la Delincuencia Organizada
- Número
- 8754
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10905, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 58
Adición del inciso g) al punto 1 del artículo 22 de la Ley N.º 8642
Vigente desde 22 de julio de 2009 · texto SINALEVI
Adiciónase el inciso g) al punto 1) del artículo 22 de la Ley general de telecomunicaciones, N.º 8642, de 4 de junio de 2008. El texto dirá:
"Artículo 22.- Revocación y extinción de las concesiones, las autorizaciones y los permisos […]
- La resolución del contrato de concesión procede por las siguientes causas: g) El incumplimiento de brindar acceso inmediato de comunicaciones al Centro Judicial de Intervención de las Comunicaciones (CJIC) en los términos y las disposiciones establecidos en la Ley contra la delincuencia organizada. Esta infracción será catalogada como muy grave, según lo establecido en el inciso a) del artículo 68 de esta Ley. […]"