Ley
Artículo 25 — Ley contra Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia
- Número
- 7476
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10454, La Gaceta N.º 74 del 26 abr 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO V
EL PROCEDIMIENTO EN EL LUGAR DE TRABAJO
Artículo 25
Vigente desde 28 de abril de 2010 · texto SINALEVI
Las medidas cautelares deberán resolverse de manera prevalente y con carácter de urgencia. Su vigencia será determinada por su instrumentalidad para el proceso.
La resolución del superior carecerá de ulterior recurso, excepto el de adición o aclaración.
(Así adicionado por el artículo 2º de la ley Nº 8805 del 28 de abril de 2010)