Normativa
Artículo 53 — Estatuto de Servicio Civil
- Número
- 1581
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10777, La Gaceta N.º 216 del 17 nov 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO II
De la Carrera Docente
CAPÍTULO I
De los Conceptos Fundamentales
Artículo 53
Vigente desde 30 de mayo de 1953 · texto SINALEVI
Son sus fines:
- Establecer la docencia como carrera profesional;
- Exigir del servidor docente, la necesaria solvencia moral y profesional, que garantice el cumplimiento de su elevada misión;
- Velar porque el servidor docente labore dentro del campo específico de su formación pedagógica y académica;
- Establecer las jerarquías de la carrera docente, en relación con la preparación pedagógica y académica rendimiento profesional y el tiempo servido;
- Dignificar al educador costarricense;
- Obtener que todo ascenso o mejoramiento del servidor docente, lo sea exclusivamente con base en sus méritos y antecedentes; y
- Garantizar el respecto a los derechos del servidor docente.