Normativa
Artículo 229 — Funciones del Registro Artístico — Estatuto de Servicio Civil
- Número
- 1581
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10777, La Gaceta N.º 216 del 17 nov 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Del Régimen Artístico
CAPÍTULO VII
Del Registro Artístico
Corresponderá al Registro Artístico las siguientes funciones:
- Mantener actualizados, a petición del interesado, todos los atestados y currículos de los artistas.
- Hacer constar, en los expedientes, toda la información que sobre los servidores remitan las instituciones, tales como puestos ocupados, ascensos, medidas disciplinarias y otros movimientos similares.