Normativa
Artículo 108 — Principio de legalidad administrativo — Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles
- Número
- 8460
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10641, La Gaceta N.º 48 del 12 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Sanciones privativas de libertad
CAPÍTULO IV
Procedimiento disciplinario
Artículo 108
Principio de legalidad administrativo
Vigente desde 20 de octubre de 2005 · texto SINALEVI
El procedimiento disciplinario se aplicará conforme a los principios y procedimientos establecidos en esta Ley y los reglamentos penitenciarios vigentes que estarán adecuados a la Ley de justicia penal juvenil.