Normativa
Artículo 12 — Crea Oficina de Cobros de la Dirección General de Hacienda
- Número
- 2393
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 12
Vigente desde 3 de mayo de 1971 · texto SINALEVI
Tratándose de entidades no constituidas legalmente, o que hayan dejado de existir al momento de establecer la demanda, la acción se dirigirá contra quienes hayan firmado el documento, informe o declaración que haya servido de base para la determinación del impuesto o crédito cobrados, según los libros o documentos de la respectiva oficina.
Para determinar el plazo de la responsabilidad de las personas citadas, regirán las disposiciones vigentes sobre responsabilidad de Gerentes o Apoderados después de cesar en sus mandatos.
. (Tácitamente reformado por el artículo 163 de la Ley Nº 4755 de 3 de mayo de 1971 -Código Tributario-).
(Así reformado por el artículo 1º de la Ley Nº 3493 de 29 de enero de 1965)