Normativa
Artículo 99 — Constitución Política
- Número
- 871
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VIII
DERECHOS Y DEBERES POLITICOS
CAPÍTULO III
El Tribunal Supremo de Elecciones
Artículo 99
Vigente desde 2 de septiembre de 2025 · texto SINALEVI
La organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio, corresponden en forma exclusiva al Tribunal Supremo de Elecciones, el cual goza de independencia en el desempeño de su cometido. Del Tribunal dependen los demás organismos electorales.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00297-2017 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«"De conformidad con los artículos 99 de la Constitución Política»