Código
Transitorio 2 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO IV
EJECUCION
TÍTULO II
EJECUCION CIVIL
Transitorio 2
Vigente desde 10 de abril de 1996 · texto SINALEVI
Prescripción de causas pendientes El plazo de prescripción de la acción penal en las causas pendientes en los tribunales, a las que se aplicará este Código, comenzará a correr a partir de la vigencia de este último. Para las causas que deban continuar su tramitación de conformidad con las normas del Código de Procedimientos Penales de 1973, regirán las disposiciones sobre prescripción previstas en el Código Penal de 1970.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00578-2013 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«de conformidad con la regla del transitorio I, son aplicables a la causa, las reglas de prescripción fijadas en el Código Procesal Penal.»