Código
Artículo 72 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
JUSTICIA PENAL Y SUJETOS PROCESALES
TÍTULO III
LA VICTIMA
CAPÍTULO II
EL QUERELLANTE EN DELITOS DE ACCION PRIVADA
Artículo 72
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Querellante en delitos de acción privada Toda persona con capacidad civil que se pretenda ofendida por un delito de acción privada, tendrá derecho a presentar querella y a ejercer conjuntamente la acción civil resarcitoria, de conformidad con lo dispuesto en este Código.
El representante legal del menor o el incapaz por los delitos cometidos en su perjuicio gozarán de igual derecho.
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Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00400-2020 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«Violación de los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 72, 142, 181, 184, 361 inciso b), 363 inciso c) y 465 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00628-2016 · Sala Tercera de la Corte
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«Conforme está dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico, los numerales 70, 71, 72 a 80, 111 a 116, 282 y 340, todos del Código Procesal Penal (C. P. P.)»
- Resolución 00628 · Sala Tercera de la Corte
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«Conforme está dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico, los numerales 70, 71, 72 a 80, 111 a 116, 282 y 340, todos del Código Procesal Penal (C. P. P.), a pesar de que facultan expresamente el derecho de la víctima a recurrir el dictado de la desestimación y el sobreseimiento definitivo en todas las etapas del…»
- Resolución 00159-2016 · Sala Tercera de la Corte
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«si bien es cierto el artículo 72 del Código Procesal Penal, permite el ejercicio de la acción civil resarcitoria en delitos de acción privada»
- Resolución 00106-2016 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«"POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 30, 31, 45, 74, 50, 53, del código Penal; 1 a 15, 34 a 41, 72 a 74, 141, 142, 143, 265 a 270, 360 a 368, del código…»
- Resolución 00571-2012 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«72 a 74»