Código
Artículo 37 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II
ACCIONES PROCESALES
CAPÍTULO II
ACCION CIVIL
Artículo 37
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Ejercicio La acción civil para restituir el objeto materia del hecho punible, así como la reparación de los daños y perjuicios causados, podrá ser ejercida por el damnificado, sus herederos, sus legatarios, la sucesión o por el beneficiario en el caso de pretensiones personales, contra los autores del hecho punible y partícipes en él y, en su caso, contra el civilmente responsable.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00012-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1 al 13, 37, 40, 142, 180, 181, 182, 184, 238, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366, 367, 368, del Código Procesal Penal, por unanimidad en sus votos, este Tribunal resuelve lo siguiente: a»
- Resolución 00049-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1 al 13, 37, 40, 142, 175 a 179, 180, 181, 182, 184, 238, 240, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 366, 367, 368, del Código Procesal Penal»
- Resolución 00038-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 12, 13, 37, 39, 40, 111 a 116, 119, 142 a 145, 175 a 178, 180 a 184, 258, 265 a 270, 360 a 368, 474, 488 y 489 del Código Procesal Penal»
- Resolución 01343 · Sala Tercera de la Corte
Civil
«“La acción civil para restituir el objeto materia del hecho punible, así como la reparación de los daños y perjuicios causados, podrá ser ejercida por el damnificado, sus herederos, sus legatarios, la sucesión o por el beneficiario en el caso de pretensiones personales, contra los autores del hecho punible y…»
- Resolución 01343-2021 · Sala Tercera de la Corte
Penal juvenil
«“La acción civil para restituir el objeto materia del hecho punible, así como la reparación de los daños y perjuicios causados, podrá ser ejercida por el damnificado, sus herederos, sus legatarios, la sucesión o por el beneficiario en el caso de pretensiones personales, contra los autores del hecho punible y…»
- Resolución 00846-2019 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«Afirma, que el artículo 37 del Código Procesal Penal expresa que el ejercicio de la acción civil para restituir el objeto material (refiriéndose al daño material) del hecho punible, así como la reparación de los daños y perjuicios causados, podrá ser ejercida por el damnificado, sus herederos, sus legatarios, la…»