Código
Artículo 270 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO V
COSTAS E INDEMNIZACIONES
TÍTULO I
COSTAS
Artículo 270
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Acción civil Si es admitida la pretensión civil en la sentencia, el imputado y el tercero civilmente demandado soportarán solidariamente las costas; si se rechaza la pretensión, las soportará el actor civil.
Si la acción no puede proseguir, cada uno de los intervinientes soportará sus propias costas, salvo que las partes hayan convenido otra medida o el tribunal, por las circunstancias del caso, las distribuya de otra manera.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00051-2026 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«el endilgado [Nombre 001] acusa la inobservancia de un precepto procesal, concretamente de los artículos 267 y 270 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00038-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 12, 13, 37, 39, 40, 111 a 116, 119, 142 a 145, 175 a 178, 180 a 184, 258, 265 a 270, 360 a 368, 474, 488 y 489 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00106-2016 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«365-2015, de las catorce horas, del veinticuatro de abril de dos mil quince, el Tribunal Penal de Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso 2 de la Convención…»
- Resolución 00951-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«267, 269, 270, 342, 360, 361, 363, 364, 365,366, 367, 368 del Código Procesal Penal;»
- Resolución 00345 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«al tenor de los numerales 2, 37, 40, 41, 142, 270 and 439 del Código Procesal Penal.»
- Resolución 00345-2014 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«al tenor de los numerales 2, 37, 40, 41, 142, 270 y 439 del Código Procesal Penal.»