Código
Artículo 115 — Código Procesal Penal
- Número
- 7594
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10900, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
JUSTICIA PENAL Y SUJETOS PROCESALES
TÍTULO VI
PARTES CIVILES
CAPÍTULO I
ACTOR CIVIL
Artículo 115
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Traslado de la acción civil El Ministerio Público comunicará el contenido de la acción al imputado, al demandado civil, a los defensores y, en su caso, al querellante, en el lugar que hayan señalado y, si no lo han hecho, personalmente o en su casa de habitación.
Cuando no se haya individualizado al imputado, la comunicación se hará en cuanto este haya sido identificado.
Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil, planteando las excepciones que correspondan. En tal caso, la oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. La aceptación del actor civil no podrá ser discutida nuevamente por los mismos motivos.
La inadmisiblidad de la instancia no impedirá el ejercicio de la acción ante la jurisdicción civil.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00038-2025 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 12, 13, 37, 39, 40, 111 a 116, 119, 142 a 145, 175 a 178, 180 a 184, 258, 265 a 270, 360 a 368, 474, 488 y 489 del Código Procesal Penal»
- Resolución 01749-2020 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 47, 1045 y 1048 del Código Civil y 111 a 124 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00111-2020 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 52, 86 a 119 del Código Electoral; 1, 6, 10, 16, 141, 111 a 124, 142, 175 al 179, 181, 182, 184, 200, 239, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 367, 368, 376 y 378 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00864-2018 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 1 a 6, 16, 111 a 116, 142, 180, 182, 265 a 267, 360, 361, 363 a 367, del Código Procesal Penal»
- Resolución 01491-2017 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«artículos 52, 86 a 119 del Código Electoral; 1, 6, 10, 16, 141, 111 a 124, 142, 175 al 179, 181, 182, 184, 200, 239, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 367, 368, 376 y 378 del Código Procesal Penal»
- Resolución 00628 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«los numerales 70, 71, 72 a 80, 111 a 116, 282 y 340, todos del Código Procesal Penal (C. P. P.),»