Código
Artículo 354 — Rechazo de la ejecución — Código Procesal de Familia
- Número
- 90569
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO III
NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PROCESAL DE FAMILIA
TÍTULO II
EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES EXTRANJERAS
Si el reconocimiento se deniega, se devolverá la documentación a quien la haya presentado y, si el rechazo se debió a cuestiones formales, una vez subsanados se podrá formular nueva solicitud.
Este Código regirá en su integridad a partir del 1 de octubre de 2024. Se mantiene en vigencia el transitorio III, como lo dispone la Ley 9747, Código Procesal de Familia, de 23 de octubre de 2019.
(Así reformado el párrafo anterior por el artículo único de la ley N° 10315 del 27 de setiembre de 2022)