Código
Artículo 122 — Intervención de la Procuraduría General de la República y el Patronato Nacional de la Infancia — Código Procesal Civil
- Número
- 9342
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10892, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO SEGUNDO
PROCESOS
TÍTULO II
PROCESO SUCESORIO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 122
Intervención de la Procuraduría General de la República y el Patronato Nacional de la Infancia
Vigente desde 3 de febrero de 2016 · texto SINALEVI
Cuando se determine la ausencia de sucesores se dará intervención a la Procuraduría General de la República y al Patronato Nacional de la Infancia cuando haya menores de edad interesados.