Código
Artículo 9 — Órganos jurisdiccionales — Código Procesal Agrario
- Número
- 9609
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10779, La Gaceta N.º 30 del 13 feb 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
JURISDICCIÓN AGRARIA
CAPÍTULO III
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
La jurisdicción agraria estará a cargo de los juzgados, el Tribunal Agrario y la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Para su organización, funcionamiento y conformación se aplicará lo dispuesto en este Código y en la Ley 7333, Ley Orgánica del Poder Judicial, del 05 de mayo de 1993.
(Así reformado por el artículo 1° de la ley N° 10779 del 29 de octubre de 2025)