Código
Artículo 257 — Causales de terminación del arrendamiento dirimibles en proceso de desahucio — Código Procesal Agrario
- Número
- 9609
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10779, La Gaceta N.º 30 del 13 feb 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XII
PROCESOS DE CONOCIMIENTO, MONITORIOS Y ESPECIALES
CAPÍTULO II
PROCESOS SUMARIOS
SECCIÓN II
DESAHUCIO
Artículo 257
Causales de terminación del arrendamiento dirimibles en proceso de desahucio
Vigente desde 27 de septiembre de 2018 · texto SINALEVI
Se conocerán por medio del desahucio las siguientes causales de terminación de un contrato de arrendamiento:
- Vencimiento del plazo.
- Falta de pago.
- Explotación o uso abusivo del bien.
- Cambio de destino no autorizado.
- Subarriendo, total o parcial, no autorizado.
- Abandono notorio o descuido grave del bien.
- Daños o deterioros causados significativos causados al bien por la persona arrendataria o permitidos por esta, que impidan el uso para el que es apto o afecten la continuidad de la producción o la organización empresarial.
- Imposibilitar la inspección del bien a la persona arrendante o propietaria.
- Falta de aviso a la arrendante o propietaria, de una situación de riesgo para el bien, por parte de la arrendadora.
- Extinción del contrato por expiración del derecho de la persona usufructuaria o fiduciaria que haya dado en arrendamiento el bien, salvo acuerdo expreso en contrario.