Código
Artículo 114 — Medios de prueba — Código Procesal Agrario
- Número
- 9609
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10779, La Gaceta N.º 30 del 13 feb 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
ACTIVIDAD PROCESAL PROBATORIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRUEBA
Son medios de prueba admisibles la declaración de parte, la declaración testimonial, el dictamen de peritos, los documentos, los informes, los reconocimientos judiciales, la prueba científica o tecnológica y cualquier medio probatorio legalmente permitido.