Código
Artículo 71 — Modo de Fijación — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
Disposiciones Generales
TÍTULO IV
PENAS
SECCIÓN VII
Fijación de las Penas
El tribunal, en sentencia motivada, fijará la duración de la pena que debe imponerse de acuerdo con los límites señalados para cada delito, atendiendo a la gravedad del hecho y a la personalidad del autor o partícipe.
Para apreciarlos se tomará en cuenta:
- Los aspectos subjetivos y objetivos del hecho punible.
- La importancia de la lesión o del peligro.
- Las circunstancias de modo, tiempo y lugar.
- La calidad de los motivos determinantes.
- Las demás condiciones personales del sujeto activo o de la víctima en la medida en que hayan influido en la comisión del delito.
- La conducta del agente posterior al delito.
- Que la persona sentenciada sea una mujer que se encuentre en estado de vulnerabilidad, por pobreza, por tener bajo su responsabilidad el cuido y la manutención de familiares dependientes, por discapacidad o por ser víctima de violencia de género, cuando ese estado haya influido en la comisión del hecho punible.
Las características, psicológicas y sociales, lo mismo que las referencias a educación y antecedentes, serán solicitadas al Instituto de Criminología, el cual podrá incluir en su informe cualquier otro aspecto que pueda ser de interés para mejor información del juez.
Cuando se trate de delitos dolosos en donde intervenga una persona adulta, cualquiera que sea su tipo de participación y en donde, para la ejecución del hecho ilícito, aquella haya involucrado a personas menores de edad y tal aspecto sea de conocimiento del autor o partícipe, el tribunal fijará la sanción de este partiendo del extremo mínimo abstracto del tipo penal más un tercio. En estos casos, no podrá disminuirse la sanción por complicidad o tentativa.
(Así reformado por el artículo único de la Ley N° 10544 del 9 de octubre del 2024, Ley para agravar la penalidad del autor, instigador y cómplice que participen personas menores de edad en la comisión de hechos delictivos)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00626-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«"POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 1, 30, 45, 50, 71 a 74, del Código Penal»
- Resolución 00031-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«El tribunal, en sentencia motivada, fijará la duración de la pena que debe imponerse de acuerdo con los límites señalados para cada delito, atendiendo a la gravedad del hecho y a la personalidad del autor o partícipe.»
- Resolución 00016-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«articulo 39 y 41 de la Constitución Política, 1, 142, 180 a 184, 238, 239, 244, 258, 363, 365, 367, 373 a 375 del Código Procesal Penal; 1, 11, 30, 31, 45, 50, 51, 71, 73, 75, 103, 110 y 281 del Código Penal,»
- Resolución 00014-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«deberá valorarse, nuevamente, el tema de la vulnerabilidad y su eventual influencia en la comisión del ilícito, conforme a los artículos 71 inciso g) y 72 del Código Penal.»
- Resolución 00012-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«artículos 1, 11, 18, 19, 20, 22, 30, 31, 45, 50, 59, 71 a 74, 76, 110, 208, 209 incisos 3, 5 y 7, 212, 213 inciso 3), 281, 329, 330 y 332 del Código Penal,»
- Resolución 00009-2026 · Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada
Penal
«"Artículo 71. Modo de fijación. El Juez, en sentencia motivada, fijará la duración de la pena que debe imponerse de acuerdo con los límites señalados para cada delito, atendiendo a la gravedad del hecho y a la personalidad del partícipe.»