Código
Artículo 337 — Abandono del lugar del accidente — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO XIV
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
SECCIÓN IV
EVASIÓN Y QUEBRANTAMIENTO DE PENA
Este artículo está derogado.
(Anulado por Resolución de la Sala Constitucional Nº 525 del 3 de febrero de 1993). (Así corrida su numeración por el inciso a) del artículo 185, de la "Ley Reguladora del Mercado de Valores No.7732 de 17 de diciembre de 1997, que lo traspasó del antiguo artículo 328 al 330) (Así corrida su numeración por el artículo 3° de la ley "Reforma de la Sección VIII, Delitos Informáticos y Conexos, del Título VII del Código Penal", N° 9048 del 10 de julio de 2012, que lo traspaso del antiguo artículo 330 al 337)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00126-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«(vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos)»
- Resolución 00103-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«(vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos).»
- Resolución 19850-2022 · Sala Constitucional
Constitucional
«(vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos).»
- Resolución 19850 · Sala Constitucional
Constitucional
«vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos).»
- Resolución 19850-2022 · Sala Constitucional
Constitucional
«(vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos).»
- Resolución 07544 · Sala Constitucional
Constitucional
«(vid. artículo 337 del Código Penal al tipificar y sancionar el delito de “divulgación de secretos)»