Código
Artículo 223 — Apropiación y retención indebidas — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO VII
DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
SECCIÓN V
ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA Y APROPIACIONES INDEBIDAS
Se impondrá la pena establecida en el artículo 216, según el monto de lo apropiado o retenido al que, teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, por un título que produzca la obligación de entregar o devolver, se apropiare de ello o no lo entregare o restituyere a su debido tiempo, en perjuicio de otro.
Si no hubiere apropiación sino uso indebido de la cosa, con perjuicio ajeno, la pena se reducirá, a juicio del juez.
En todo caso, previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño.
(Así reformado por el artículo 1º de la ley No. 6726 de 10 de marzo de 1982).
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00211-2026 · Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica
Familia
«Que la sentencia entra analizar aspectos propios del proceso de divorcio que no le corresponden, llegando a conclusiones erróneas. El mismo testigo del solicitante indica claramente que doña [Nombre 002] siempre le enviaba a él los mensajes de WhatsApp y cualquier tema pasaba por él, con lo que se demuestra que su…»
- Resolución 00365-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«...será denunciado por el delito de apropiación y retención indebidas que prevé y sanciona el artículo 223 del Código Penal..." (ver folios 52 a 56 e 152 a 160, 161 a 182, 183 a 184 del Tomo II»