Código
Artículo 152 — Publicación de ofensas — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO II
DELITOS CONTRA EL HONOR
SECCIÓN ÚNICA
INJURIA, CALUMNIA, DIFAMACIÓN
Será reprimido, como autor de las mismas, el que publicare o reprodujere, por cualquier medio ofensas al honor inferidas por otro.
(Nota de Sinalevi: Con respecto a la incompatibilidad de este artículo con el párrafo primero del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, ver Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de julio de 2004. H.U. vs. C.R.)
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00159-2016 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«.1, 13.2, 14.3 siguientes y concordantes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José); 19.3.a., siguientes y concordantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 23, de la Ley de Radio (Servicios Inalámbricos) número 1758; XXXartículos(sic) 1 a 15, 37 a 41, 70, 74 inciso d),…»