Código
Artículo 508 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO DÉCIMO
CAPÍTULO SEXTO
Procedimiento ordinario
SECCIÓN II
Sentencia anticipada
Artículo 508
Vigente desde 25 de enero de 2016 · texto SINALEVI
Podrá dictarse también sentencia anticipada, de oficio o mediante la interposición de la correspondiente excepción, declarando la improponibilidad de la demanda y su consiguiente archivo, cuando:
- La pretensión ya fue objeto de pronunciamiento en un proceso anterior con autoridad de cosa juzgada, de modo que el nuevo proceso sea reiteración del anterior.
- El derecho hubiera sido transado con anterioridad.
- Cuando haya evidencia de demanda simulada o el fin perseguido en el proceso sea ilícito o prohibido.
(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 9343 del 25 de enero de 2016, "Reforma Procesal Laboral".)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00187-2026 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Limón Materia Laboral
Laboral
«solicita que la demanda sea declarada sin lugar e incluso improponible mediante sentencia anticipada al amparo del artículo 508 inciso 3) del Código de Trabajo.»
- Resolución 03240-2023 · Sala Segunda de la Corte
Laboral
«Para esta Sala el recurso debe acogerse, pues la acción como se dijo no es improponible conforme al inciso transcrito. En el voto número 1358... se analizó la situación de las uniones de hecho para efectos de la adjudicación de pensiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social»
- Resolución 03240 · Sala Segunda de la Corte
Laboral
«Para esta Sala el recurso debe acogerse, pues la acción como se dijo no es improponible conforme al inciso transcrito. En el voto número 1358... se analizó la situación de las uniones de hecho para efectos de la adjudicación de pensiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social»
- Resolución 00901-2023 · Tribunal Agrario
Laboral
«"Si una vez superada esa etapa se estima que la demanda se encuentra en alguno de los supuestos del citado ordinal 508 del Código de Trabajo se procederá a dictar la sentencia anticipada con apego a derecho"»
- Resolución 00157-2023 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Guanacaste Sede Liberia Materia Laboral
Laboral
«"que de la lectura de los artículos 508,509 y 510 del Código de Trabajo, se permite decretar de oficio sentencia anticipada\"»