Código
Artículo 18 — Regla subsidiaria — Código de Procedimientos Penales
- Número
- 5377
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO III
Tribunales
CAPÍTULO II
Competencia
SECCIÓN II
Competencia Territorial
Si fuere desconocido o dudoso el lugar donde se cometió el hecho, será competente el tribunal que hubiere prevenido en la causa.