Código
Artículo 4 — Definiciones — Código de Normas y Procedimientos Tributarios ( Código Tributario )
- Número
- 4755
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10808, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPÍTULO ÚNICO
Normas Tributarias
Son tributos las prestaciones en dinero (impuestos, tasas y contribuciones especiales), que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
Impuesto es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente.
Tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye la razón de ser de la obligación. No es tasa la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado.
Contribución especial es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, ejercidas en forma descentralizada o no; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00712-2013 · Tribunal Primero Civil
Tributario
«la caracterización del tributo como relación jurídica y obligación ex lege, se encuentra normatizada en los artículos 4, 5, 11, 14, 15, 31, 18 y 36 siguientes y concordantes del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.»
- Resolución 00731-2007 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Dentro de la clasificación tripartita de los tributos que establece el artículo 4 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, categorización más aceptada por la doctrina, se encuentra la contribución especial.»
- Resolución 00446-2001 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«...en su artículo 4 párrafo primero define los tributos como "... las prestaciones en dinero, que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines ...".»