Código
Transitorio 3 — Código de Minería
- Número
- 6797
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XVII
Hechos ilícitos mineros
CAPÍTULO III
Delitos mineros
Transitorio 3
Vigente desde 4 de octubre de 1982 · texto SINALEVI
Las personas físicas o jurídicas que actualmente desarrollen algún tipo de actividad minera, sin tener legalizada su situación, deberán cumplir con las disposiciones de esta ley, dentro del plazo de seis meses.
Para ese efecto, la Dirección General hará la correspondiente notificación a los interesados, por medio de tres avisos que publicará cada ocho días, en el primer mes de vigencia de esta ley, en dos de los diarios de mayor circulación en el país.