Código
Artículo 178 — Funciones de la secretaría técnica — Código de la Niñez y la Adolescencia
- Número
- 7739
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Sistema Nacional de Protección Integral
CAPÍTULO II
Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia
El Consejo contará con una secretaría técnica, cuyas funciones serán:
- Preparar un estudio sobre los informes de seguimiento y evaluación sometidos a la consideración del Consejo.
- Ejecutar, dar seguimiento y vigilar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo.
- Formular un estudio anual sobre el estado de los derechos de la niñez y la adolescencia. Para realizarlo, gestionará la participación de otras instituciones dedicadas al estudio de esta materia, en especial las universidades.