Código
Artículo 142 — Código de la Niñez y la Adolescencia
- Número
- 7739
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Garantías Procesales
CAPÍTULO II
Proceso Especial de Protección
SECCIÓN SEGUNDA
Proceso de Protección en la Vía Judicial
Artículo 142
Vigente desde 15 de noviembre de 2024 · texto SINALEVI
Situaciones tramitables en procesos especiales.
(Derogado por el artículo 4° punto II) inciso b) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00106-2026 · Tribunal de Familia
Ninez y adolescencia
«"I. [...] Los artículos 141 a 148 del Código de la niñez y la adolescencia fueron derogados por medio del artículo 4.II.b) de la Ley 9747"»
- Resolución 14723 · Sala Constitucional
Constitucional
«en aplicación de lo dispuesto por el artículo 142 del Código de la Niñez y la Adolescencia.»