Código
Artículo 135 — Medidas de protección — Código de la Niñez y la Adolescencia
- Número
- 7739
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO III
Garantías Procesales
CAPÍTULO II
Proceso Especial de Protección
SECCIÓN PRIMERA
Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa
Las medidas de protección que podrá dictar la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia serán:
- Orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia.
- Matrícula y asistencia obligatorias en establecimientos oficiales de enseñanza.
- Inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia, y a las personas menores de edad.
- Orden de tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico en régimen de internación en hospital o tratamiento ambulatorio.
- Inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos y toxicómanos.
- Cuido provisional en familias sustitutas.
- Abrigo temporal en entidades públicas o privadas.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 14723 · Sala Constitucional
Constitucional
«Las medidas de protección que podrán adoptarse dentro del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa corresponden a las dispuestas en los artículos 130, 131, 135, 136, 137 y 138 del Código de la Niñez y la Adolescencia»
- Resolución 00638-2017 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«lo que procede es la remisión de su caso, al procedimiento administrativo de protección, establecido en el numeral 135 del Código de la Niñez y Adolescencia (CNA) a cargo del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).»
- Resolución 00638-2017 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«...les sea aplicadas las medidas de protección contempladas en el numeral 135 incisos d) y e) del Código de la Niñez y la Adolescencia... que en lo que interese establecen: "…Las medidas de protección que podrá dictar la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia serán: (…) d) Orden de tratamiento médico,…»
- Resolución 00458-2017 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«tampoco es aplicable el artículo 135, incisos d) y e) del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley N°7739, por cuanto se estaría violentando el principio de legalidad en cuanto a la competencia del juez de familia»
- Resolución 02800 · Sala Constitucional
Constitucional
«ordena de conformidad con el artículo 135 inciso g) del mismo cuerpo legal, EL ABRIGO TEMPORAL»
- Resolución 00181-2016 · Sala Tercera Materia Penal Juvenil
Penal juvenil
«...le sea aplicadas las medidas de protección contempladas en el numeral 135 incisos d) y e) del Código de la Niñez y la Adolescencia... que en lo que interesa proscriben: "…Las medidas de protección que podrá dictar la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia serán: (…) d) Orden de tratamiento médico,…»