Código
Artículo 273 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO II
De la Educación Secundaria
TÍTULO I
De los Colegios Oficiales de Segunda Enseñanza
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 273
Vigente desde 20 de septiembre de 1955 · texto SINALEVI
No obstante lo dicho en el artículo anterior, el Consejo Superior de Educación podrá elaborar programas especiales para determinado colegio si las circunstancias de zona o especialización así lo ameritan.
(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 1927 del 20 de setiembre de 1955)