Código
Artículo 741 — El endoso trasmite todos los derechos resultantes de la letra de cambio — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO TERCERO
TÍTULO II
CAPÍTULO I
SECCIÓN III
Del Endoso
Artículo 741
El endoso trasmite todos los derechos resultantes de la letra de cambio
Vigente desde 12 de mayo de 2026 · texto SINALEVI
Cuando el endoso sea en blanco, el tenedor podrá:
- Llenar en blanco, sea con su nombre o con el de otra persona;
- Endosar nuevamente la letra en blanco o a otra persona; y
- Entregar la letra a un tercero, sin llenar el blanco y sin endosarla.
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00273-1990 · Sala Primera de la Corte
Civil
«(artículos 703, 741 and 742 del Código de Comercio)»