Código
Artículo 248 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
TÍTULO II
CAPÍTULO IV
Del Nombre Comercial
Artículo 248
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
El causahabiente de una firma comercial podrá continuar usándola, siempre que expresamente indique su calidad de sucesor.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00043-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«Reclama que con vista en los artículos 86, 88, 248, 266 de la Ley General de Aduanas and 343, 344 y 345 bis de su Reglamento, el 460 del Código de Comercio y tributaria»