Código
Artículo 247 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
TÍTULO II
CAPÍTULO IV
Del Nombre Comercial
Artículo 247
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
Si el comercio se ejerciere por una o varias personas conjuntamente, la razón comercial no deberá contener mención alguna que pudiera hacer creer en la existencia de una sociedad.
Esta disposición se aplicará aun en el caso de traspaso de un establecimiento por parte de una sociedad.