Código
Artículo 414 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO II
LOS BIENES Y DE LA EXTENSIÓN Y MODIFICACIONES DE LA PROPIEDAD
TÍTULO VI
DE LA HIPOTECA Y DE LA PRENDA
CAPÍTULO I
De la hipoteca
Artículo 414
Vigente desde 29 de noviembre de 1994 · texto SINALEVI
Constituida hipoteca por un crédito abierto con limitación de suma, garantiza las cantidades entregadas en cualquier tiempo y para diversos fines, siempre que no excedan de la suma prefijada. Cualquier pago que efectúe el deudor, automáticamente creará disponibilidad para ser utilizada de la forma que lo convengan las partes.
(Así reformado por el artículo 1º de la ley No.7460 del 29 de noviembre de 1994)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00016 · Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Contencioso-administrativo
«Su regulación legal se encuentra en el canon 414 del Código Civil»
- Resolución 00794 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«La accionada ha pretendido subsanar la falencia apoyándose en el ordinal 414 del Código Civil (CC)»
- Resolución 00759 · Tribunal Primero de Apelación Civil de San José
Civil
«En efecto, lo sometido a ejecución en este proceso es un crédito hipotecario abierto, constituido en los términos del artículo 414 del Código Civil.»
- Resolución 00266-2018 · Tribunal Segundo Civil Sección II
Civil
«la línea de crédito es un contrato con una limitación de suma, donde se van entregando cantidades en cualquier tiempo y para diversos fines (Artículo 414 del Código Civil).»
- Resolución 00014-2022 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Sur Sede Pérez Zeledón Materia Civil
Civil
«porque el numeral 414 del Código Civil, no limita la hipoteca abierta a más de un desembolso, sino a uno o más desembolsos»
- Resolución 00414-2023 · Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Alajuela Sede Alajuela Materia Civil
Civil
«"IV. Ahora bien, cuando se constituye una hipoteca abierta, se crea un gravamen sobre uno o varios inmuebles que, a tono con el artículo 414 del Código Civil, podrá ser utilizado para garantizar créditos futuros."»