Código
Artículo 399 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO II
LOS BIENES Y DE LA EXTENSIÓN Y MODIFICACIONES DE LA PROPIEDAD
TÍTULO V
DE LAS CARGAS O LIMITACIONES DE LA PROPIEDAD
CAPÍTULO III
De la obligación de paso
Artículo 399
Vigente desde 19 de abril de 1885 · texto SINALEVI
Si obtenido el derecho de paso en conformidad con los artículos precedentes, deja de ser indispensable para el predio enclavado porque el dueño adquiera acceso cómodo al camino, el obligado a dar el paso tendrá derecho a pedir que se le exonere de la obligación, restituyendo lo que al establecerse, se hubiere pagado por el valor del terreno.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00894-2012 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Si obtenido el derecho de paso en conformidad con los artículos precedentes, deja de ser indispensable para el predio enclavado porque el dueño adquiera acceso cómodo al camino, el obligado a dar el paso tendrá derecho a pedir que se le exonere de la obligación, restituyendo lo que al establecerse se hubiere pagado…»
- Resolución 01471-2011 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Artículos 379 al 400, 308, 383 del Código Civil, se declara SIN LUGAR en todos sus extremos petitorios, la presente demanda ORDINARIA CIVIL promovida por OVED, HEIDY, HILDA, VIANNEY E ISABEL todos JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, contra MARCIAL JIMÉNEZ RODRÍGUEZ Y ZOILA MARÍA c»