Código
Artículo 330 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO II
LOS BIENES Y DE LA EXTENSIÓN Y MODIFICACIONES DE LA PROPIEDAD
TÍTULO II
DEL DOMINIO
CAPÍTULO VI
De los derechos de restitución é indemnización
Artículo 330
Vigente desde 19 de abril de 1885 · texto SINALEVI
El poseedor de mala fe tiene derecho a que se le abone el valor de las mejoras necesarias; respecto de las útiles tiene los mismos derechos, menos el de retención, que el poseedor de buena fe; las de puro adorno no puede retirarlas ni reclamar nada por ellas.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00300-2013 · Sala Primera de la Corte
Civil
«En el segundo motivo por el fondo alega violación directa de los artículos 317, 325, 330, 331, 404, 595 inciso 3) todos del Código Procesal Civil»
- Resolución 00812 · Sala Primera de la Corte
Civil
«normas 318 inciso 3, 330, 396 y 370 del CPC, 7 inciso c, 42, 72, 107, 109, 126 y 127 del CN, 835, 836, 837 y 1007 del CC»
- Resolución 00378 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Recrimina error de hecho, con base en el artículo 330 ibídem, al apreciar la prueba que demuestra el finiquito sin reclamo alguno.»
- Resolución 00378-2007 · Sala Primera de la Corte
Civil
«artículo 330 ibídem, al apreciar la prueba que demuestra el finiquito sin reclamo alguno»
- Resolución 00574 · Sala Segunda de la Corte
Civil
«...aunque la referencia que hace del artículo 330 del Código Civil no resulta apropiada; por cuanto, en materia de familia, se cuenta con una norma especial...»
- Resolución 00044 · Sala Primera de la Corte
Civil
«-Artículo 330 del Código Civil.-»