Código
Artículo 164 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
TÍTULO IV
DE LA AUSENCIA
CAPÍTULO III
Presunción de muerte y sus efectos
Artículo 164
Vigente desde 21 de diciembre de 1973 · texto SINALEVI
Este artículo está derogado.
(Derogado por el Código de Familia, Ley No.5476 de 21 de diciembre de 1973).
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00818-2017 · Tribunal Segundo Civil Sección I
Civil
«"En el sub iudice el togado omite toda valoración del punto, pese a que, en virtud de la aplicación del principio de iura novit curia, era su deber hacerlo. El Tribunal es consciente que lo anterior... no demerita la obligación del juzgador de aplicar correctamente el derecho."»