Tribunal de Familia
Resolución 00035-2026
- Sala o tribunal
- Tribunal de Familia
- Voto
- 00035-2026
- Fecha
- 22 de enero de 2026
- Expediente
- 25-001009-0187-FA
- Materia
- civil, familia
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Tribunal de Familia
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Documento judicial
"SEGUNDO. Los agravios formulados por la parte recurrente no resultan atendibles. En primer término, no lleva razón la parte apelante al sostener que el nombramiento de una salvaguardia - o incluso la constatación de una discapacidad de carácter absoluto - implique, de pleno derecho, la extinción automática de un poder generalísimo previamente otorgado. Si bien el artículo 1278 inciso 7) del Código Civil establecía como causal de terminación del mandato la interdicción del mandante, lo cierto es que dicha figura fue superada por el ordenamiento jurídico costarricense a partir de la entrada en vigencia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley N.° 9379 y el Código Procesal de Familia, normas que sustituyen el modelo de sustitución de la voluntad por uno de apoyos para la toma de decisiones. En ese contexto, no es jurídicamente válido trasladar, de manera automática, los efectos propios de la antigua interdicción al régimen actual de salvaguardias.[...]"