“IV. SOBRE EL FONDO. En la especie la parte actora pretende la declaratoria de nulidad del acuerdo adoptado por la Corporación Municipal de Santa Cruz-Guanacaste, que corresponde a acto final del procedimiento administrativo que determinó la cancelación de la concesión de un terreno ubicado en la zona marítimo terrestre en el Área de Tamarindo, siendo que el
Juzgado de instancia en la resolución apelada determinó la inadmisibilidad de la demanda por falta de agotamiento de la vía administrativa. Sobre el tema debe señalarse que de conformidad con lo dispuesto por la Constitucional de la Corte Suprema de Justicia No. 3669-2006 de las 15:00 horas del 15 de marzo del 2006, en materia municipal conforme el Constitucional, el trámite de agotamiento de la vía administrativa resulta preceptivo, siendo que del contenido de los Hechos Probados contenidos en la resolución apelada, estima éste Tribunal que debe tenerse por cumplido este requisito, según se procede a detallar:”