Agravios del recurso planteado: Inconforme con lo resuelto, se alza la representante del actor con el respectivo recurso de apelación, el cual en lo que interesa indica "(...) En la resolución impugnada indica esta autoridad judicial que:"No habiendo cumplido la parte actora dentro delplazo concedido con la prevención dictada en Ia resolución de las ocho horas treinta y ocho minutos del dieciséis dejunío de dos mil veinticinco, se declara inadmisible Ia presente demanda... " Sin embargo, dicha resolución incurre en grave falta al debido proceso y deja en estado de indefensión a mi representado, toda vez que, previo a dictar la resolución recurrida, esta autoridad judicial omitió conocery referirse al escrito presentado a los autos por esta representación el 24 dejunio de 2025 a las 12:00 horas, en el que, encontrandonos dentro del plazo otorgado, se solicitó un nuevo plazo pmdenciad para obtener directamente del Registro Nacional la certificación de prenda no modificada. Lo anterior, en virtud de que en la descripción del acto el Registro Nacional publicitaba una modificación de las partes en el gravamen, y no una cancelación de prenda anterior y constitución de prenda nueva, como es la realidad y como consta en el microfilm ya aportado en autos. Por tal motivo, dentro del plazo de prevención se procedió a solicitar dicha certificación diredamente ante el Registro Nacional, informándose que la misma sería entregada hasta el 15 de julio de 2025, tal y como se demuestra en las imágenes de conversaciones mantenidas por medio de correo electrónico con el Registro Nacional, las cuales se aportan como medio probatorio. Ante la urgencia dc obtener la certificación, se realizaron gestiones adicionales mediante llamada a las oficinas centrales dcl Registro Nacional, logrando obtenerla el 8 de julio de 2025 y presentándola de inmediato ante esta autoridad, cumpliendo así lo prevenido. Es de suma imponancia destacar que este proceso acumula más de un año de mora judicial, violentando el derecho de mi representado a una justicia pronta y cumplida. De no acogerse los recursos planteados se ocasionada un nuevo atraso, afectando gravemente los derechos y principios procesales de mi representado, tales como el debido proceso, la igualdad de la panes y el derecho de defensa, pues únicamente por no contar a tiempo con una pmeba que estaba totalmente fuera de nuestro alcance, no podría ejecutar su garantía prendaria, quedando en un estado de indefensión y sufriendo graves perjuicios económicos y morales, dado que el crédito que aquí se ejecuta corresponde a un préstamo de dinero otorgado por mi representado al demandado, préstamo que consiste en la totalidad de sus ahorros. SOLICITUD: por lo expuesto, respetuosamente solicito: