Sala Constitucional
Resolución 04267-2022
- Sala o tribunal
- Sala Constitucional
- Voto
- 04267-2022
- Fecha
- 22 de febrero de 2022
- Expediente
- 21-015824-0007-CO
- Materia
- constitucional
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Sala Constitucional
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Documento judicial
04267-22.
INCUMPLIMIENTO. SE ORDENA A LA DIRECTORA GENERAL Y JEFE DEL SERVICIO DE
OFTALMOLOGÍA, AMBOS DEL HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA, QUE PROCEDAN A DAR
CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR ESTA
SALA EN LA SENTENCIA NO. 2021-019066, EN
EL SENTIDO DE QUE LA CIRUGÍA QUE REQUIERE LA AMPARADA LE SEA REALIZADA EN EL
SERVICIO DE OFTALMOLOGÍA DENTRO DE UN PLAZO DE UN MES. LO ANTERIOR, BAJO LA
ADVERTENCIA DE ORDENAR LA APERTURA DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO, CON BASE EN LO DISPUESTO EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY DE LA
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL, EN CASO DE NO HACERLO Y, ADEMÁS, TESTIMONIAR
PIEZAS AL MINISTERIO PÚBLICO.
“(…) Al
respecto, si bien las autoridades recurridas señalan que es responsabilidad del
paciente presentarse al centro médico informando que ya tenía el
visto bueno
para la cirugía, lo cierto es que, al recibir la contrarreferencia y ante la
orden brindada por esta Sala, las autoridades recurridas podían proceder a
fijar la cita para cirugía a la amparada. Sin embargo, se constata que, dicha
orden no fue acatada por el centro médico recurrido.
(…)
Así las
cosas, se confirma la existencia de un incumplimiento por parte las autoridades
del Hospital San Rafael de Alajuela, en relación con lo ordenado por este
Tribunal. En consecuencia, se acoge la gestión de desobediencia y se procede
ordenarle a las autoridades recurridas dar cumplimiento de lo ordenado por esta
Sala en la sentencia No. 2021-019066 de las 09:20 horas del 25 de agosto de
2021. (…)” VCG03/2022