Sala Constitucional
Resolución 23195-2021
- Sala o tribunal
- Sala Constitucional
- Voto
- 23195-2021
- Fecha
- 15 de octubre de 2021
- Expediente
- 21-019596-0007-CO
- Materia
- constitucional
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Sala Constitucional
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Documento judicial
PRINCIPIO RESERVA
DE LEY
“(…) De lo
anterior, no es posible afirmar que el
principio de reserva de Ley en la regulación de los derechos fundamentales haya
sido vulnerado, toda vez que la aplicación obligatoria de la vacuna contra el
coronavirus COVID-19, fue definida por
la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiologia, de conformidad con las
potestades otorgadas por la Ley Nacional de Vacunación. Esto llevó a que se
emitiera el Decreto No.42889-S “Reforma Reglamento a la Ley Nacional de
Vacunación” (Decreto Ejecutivo No.32722-S de 20 de mayo de 2005) en aras de
incluir la vacuna en cuestión en el esquema nacional de vacunación.
Asimismo,
en ejercicio de las mismas facultades, en el artículo 2 del Decreto No.42889-S,
se estableció la obligatoriedad de “la vacuna del Covid-19 para el personal
establecido por la Comisión Nacional de Vacunación, en las sesiones
extraordinarias número VII-2021 del 16 de febrero del 2021 y VIII del 23 de
febrero de 2021”.
Por otro
lado, el artículo N° 18 del Decreto Ejecutivo N° 32722, detalla la lista
oficial de vacunas, incluidas en el Esquema Público Básico Universal de Costa
Rica, artículo reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42889 del
10 de marzo del 2021, siendo específicamente, en el punto N° 15, en el que se
incluye Covid-19.
Por su
parte, resulta importante señalar, que el artículo N° 150 de la Ley General de
Salud, Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973, de orden público que debe ser
cumplida por toda persona que habite nuestro país, también hace mención de la
obligatoriedad de la vacunación y revacunación, contra enfermedades
transmisibles que determine el Ministerio de Salud.
Así las
cosas, la inclusión de la vacuna en contra del coronavirus COVID–19 en el
esquema nacional de vacunación y su carácter obligatorio para el personal de
salud, debe ser entendida a la luz de lo dispuesto por la Ley Nacional de
Vacunación, que define el marco general regulatorio en la materia. (…)” VCG11/2021