Se parte para lo así resuelto, lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales, que entratándose de notificaciones a personas jurídicas dicta: "Las personas jurídicas, salvo disposición legal en contrario, serán notificadas por medio de su representante, personalmente o en su casa de habitación, o en el domicilio real de este. Además, podrá notificarse en el domicilio contractual, en el domicilio real, registral, o con su agente residente cuando ello proceda...". (se suple el subrayado).
De dicha norma se desprenden distintas opciones de notificación de las personas jurídicas, sin prevalencia de una sobre la otra; bastando que la comunicación judicial respectiva se realice en cualesquiera de las opciones que la ley otorga. Así, una persona jurídica puede ser puesta en conocimiento de la acción judicial, mediante acto de notificación directa al representante de la sociedad en forma personal, encuéntrese donde se encuentre el mismo; mediante acto de notificación al representante de la sociedad en su casa de habitación si se conoce, con cualquier persona que aparente ser mayor de quince años a criterio de quien notifica (artículo 4 de la ley citada); mediante acto de notificación al representante de la sociedad en su domicilio real cuando no corresponde con la habitación ( del Código Civil); mediante acto de notificación en el domicilio contractual (artículo 22 de la ley citada); mediante acto de notificación en el domicilio social; mediante acto de notificación en el domicilio real; mediante acto de notificación en el domicilio registral y; mediante acto de notificación de la persona que funja como agente residente cuando sea procedente. Existe una opción adicional de notificación a la luz de lo preceptuado por el artículo 3 de la ley de cita, sea, en el domicilio virtual que voluntariamente haya registrado la persona (física o jurídica). El fin de la norma transcrita es precisamente otorgar amplias posibilidades de notificación del acto inicial judicial, a los efectos de permitir que el proceso avance hacia el dictado de la resolución final."