Tribunal Segundo Civil Sección II
Resolución 00007-2013
- Sala o tribunal
- Tribunal Segundo Civil Sección II
- Voto
- 00007-2013
- Expediente
- 11-100040-0423-CI
- Materia
- civil
Cargando texto de la resolución…
Tribunal Segundo Civil Sección II
Cargando texto de la resolución…
Los enlaces corresponden únicamente a citas expresas verificadas.
Documento judicial
<!--
/* Style Definitions */
p.MsoNormal, li.MsoNormal, div.MsoNormal
{mso-style-parent:"";
margin:0cm;
margin-bottom:.0001pt;
mso-pagination:widow-orphan;
font-size:12.0pt;
font-family:"Times New Roman";
mso-fareast-font-family:"Times New Roman";}
span.SpellE
{mso-style-name:"";
mso-spl-e:yes;}
span.GramE
{mso-style-name:"";
mso-gram-e:yes;}
@page Section1
{size:595.3pt 841.9pt;
margin:70.85pt 3.0cm 70.85pt 3.0cm;
mso-header-margin:35.4pt;
mso-footer-margin:35.4pt;
mso-paper-source:0;}
div.Section1
{page:Section1;}
-->
“III. Este
Tribunal y Sección, en anteriores oportunidades ha externado que "el artículo 6 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, que regula la presentación de gestiones de las partes mediante
fax , no establece el requisito
de presentar el original. Con la Ley
de Notificaciones vigente, número 8687, ese requerimiento de la ley anterior fue derogado." El
Tribunal estima que cuando una parte
presenta un escrito por fax, no es necesario presentar el original,
salvo que haya duda de su autenticidad,
en cuyo caso la autoridad jurisdiccional puede pedirlo (véase en ese sentido
los votos 101 de las trece horas
treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce y N° 229 de las once horas del treinta y uno de agosto de dos mil doce). Por ello, el escrito
presentado por la parte actora deberá
ser atendido, lo que impone revocar la resolución apelada y en su lugar ordenar
la revisión del citado
memorial para que determine
el a quo si la prevención
fue correctamente cumplida o no.”