Normativa
Artículo 77 — Recursos del Fondo de Desarrollo Rural — Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural
- Número
- 9036
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10758, La Gaceta N.º 234 del 12 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE DESARROLLO
CAPÍTULO IV
FONDOS DE TIERRAS Y DE DESARROLLO RURAL
SECCIÓN VI
FONDO DE DESARROLLO RURAL
Para el funcionamiento de este Fondo se contará con los siguientes recursos:
- Hasta un cincuenta por ciento (50%) de los ingresos previstos en forma anual del presupuesto ordinario del Inder, una vez descontados los gastos fijos y de inversión en infraestructura así como las imputaciones presupuestarias que por ley le corresponde al Inder asignar en su presupuesto. Este porcentaje podría variar por acuerdo de la Junta Directiva, modificación que debe sustentarse con criterios técnicos.
- Un porcentaje del cero coma cinco por ciento (0,5%) del presupuesto total anual de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, el cual deberá ser girado en el primer trimestre de cada año.
- Los aportes que se destinen del presupuesto nacional para la ejecución de programas y proyectos específicos de desarrollo rural.
- Las donaciones y los créditos que reciba de organismos nacionales e internacionales para el cumplimiento de sus fines.
- Los recursos destinados por organizaciones no gubernamentales y el sector privado para la formulación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los planes territoriales de desarrollo rural.
- Los actuales fondos de crédito rural que otorga el IDA, incluyendo los provenientes de la caja agraria.
- Otros recursos que pueda captar para el cumplimiento de sus fines.
- Los recursos aquí establecidos serán administrados contable y presupuestariamente en las cuentas del Inder, y se girarán las partidas conforme a la disposición de los recursos económicos recibidos de los ingresos.