Normativa
Artículo 39 — Creación y finalidad de los Fondos de Tierras y de Desarrollo Rural — Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural
- Número
- 9036
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10758, La Gaceta N.º 234 del 12 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE DESARROLLO
CAPÍTULO IV
FONDOS DE TIERRAS Y DE DESARROLLO RURAL
SECCIÓN I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 39
Creación y finalidad de los Fondos de Tierras y de Desarrollo Rural
Vigente desde 11 de mayo de 2012 · texto SINALEVI
Créanse el Fondo de Tierras para la adquisición y dotación de tierras a los beneficiarios del Inder y el Fondo de Desarrollo Rural para promover el desarrollo integral de los territorios rurales, con el propósito de ofrecer a la población meta los recursos y servicios necesarios para el acceso a la tierra, la modernización y el mejoramiento de sistemas de producción diversificados y exitosos, que favorezcan la superación de la familia rural y su emancipación económica y social.
Cada uno de los Fondos contará con una estructura organizativa encargada de:
- Proponer, ante la Gerencia y la Presidencia Ejecutiva, las directrices generales y los reglamentos de operación y de funcionamiento en materia de tierras y de desarrollo rural.
- Aprobar, en primera instancia, las operaciones con entidades financieras y con los pobladores rurales, con base en lo dispuesto en esta ley.
- Proponer las medidas necesarias para llevar a cabo una adecuada administración operativa, financiera y contable de los programas a su cargo.
- Constituir fideicomisos dentro del Sistema Bancario Nacional y el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los cuales serán utilizados de manera exclusiva para los fines y los objetivos de los programas establecidos mediante la presente ley.
- Asimismo, todas las funciones que se deriven de la normativa establecida.